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Abogados expertos en Extranjería en Sevilla

Somos LEXPATS, un despacho de abogados de extranjería en Sevilla con experiencia, que se ocupa de todo tipo de asuntos de inmigración, como Golden visa, permiso de residencia no lucrativa, permiso de trabajo para profesionales altamente calificados, reagrupación familiar o visados para estudiantes.

¡Podemos ayudarte!

Al pensar en establecerse en un país extranjero, el primer problema a resolver es la obtención del permiso de residencia que te proporcionará una estancia legal.

Los procedimientos administrativos para obtener permisos de residencia en España son complejos y requieren mucho tiempo. Por eso necesitas a alguien para guiarte durante todo el proceso para obtener resultados positivos desde el principio.

Nuestro trabajo como abogados especialistas en extranjería en Sevilla es proporcionar al extranjero asesoría legal, explicando qué tipo de permiso de residencia es el más apropiado para su situación particular y cuáles son las acciones y pasos a seguir.

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Sandra Stojakovic, Abogada especialista en Derecho de extranjería. Sevilla.

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Dado que las circunstancias de cada caso son únicas, te escucharemos con empatía para comprender tus necesidades y ofrecerte el mejor asesoramiento personalizado para que tu caso tenga éxito.

Con nuestra amplia experiencia en asuntos de inmigración, te guiaremos en cada fase del proceso, indicando los pasos a seguir y brindándote todo el apoyo necesario. Comenzaremos con el análisis de tu caso, te ofreceremos la solución más completa para tus circunstancias, prepararemos con diligencia tu solicitud para el permiso de residencia correspondiente y te acompañaremos en tus citas en la Oficina de Extranjería en Sevilla (Plaza de España, s/n, 41071 Sevilla) hasta el momento en que obtengas tus documentos.

Buscaremos tu comodidad y te ofreceremos soluciones flexibles para prestarte nuestros servicios. En algunos asuntos de inmigración, como en caso de las solicitudes para una Golden visa o un permiso de residencia para profesionales altamente calificados, tu presencia no es necesaria. En estos casos, podemos prestarte nuestro asesoramiento legal íntegramente online.

Noticias de Extranjería e Inmigración

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Como extranjero o inmigrante te estarás preguntando...

Se trata de un profesional especializado en el área Administrativa del derecho y como su nombre indica especializado en extranjería e inmigración. Algunas personas también lo buscan como abogado de extranjeros o abogado de inmigración.

Un abogado de extranjería ofrece diversos servicios tales como tramitar autorizaciones de residencia (de trabajo, no lucrativa, por reagrupación familiar, para profesionales altamente cualificados, por inversión, etc.) o presentación de expedientes para obtener la nacionalidad española. También podemos acompañarte a la Oficina de Extranjería en Sevilla.

Es complejo elegir a un profesional en que depositar tú confianza para que lleve a cabo tus tramites de extranjería. Sin embargo, existen ciertos puntos que te pueden ayudar a decidirte.
La oferta de abogados en servicios de extranjería es grande, pero no todos tienen una formación especializada en la materia. Nosotros somos especialistas en extranjería y nos dedicamos exclusivamente a este tipo de tramites. Siempre debes elegir un profesional que te ofrecerá un trato cercano y tendrá empatía para atender tu caso. Nosotros somos inmigrantes como tú y conocemos de primera mano por lo que estás pasando.

Un abogado de extranjería puede brindar diversos servicios, tales como presentar tu expediente de nacionalidad o solicitar una autorización de residencia. Se realizan búsquedas en internet como abogados de extranjería gratis, asesoramiento gratuito para extranjeros o consultas extranjería gratis o consulta gratuita abogado extranjería. Ten en cuenta que los trámites de extranjería son numerosos y su complejidad varía, por lo que el precio de nuestros servicios dependerá del asesoramiento que se necesite en cualquier caso concreto. Sin embargo, debes saber que somos emigrantes como tú, y creemos que todos tenemos derecho una vida digna.
Como nuestro propósito principal es prestar apoyo a los inmigrantes, nuestros precios son muy asequibles. Contáctanos, cuéntanos tu caso y consigue un presupuesto para nuestros servicios sin compromiso.

Para poder solicitar la nacionalidad española por residencia, es necesario cumplir con los requisitos establecidos por la ley.
Los plazos de residencia legal exigida varían según el caso.
En el supuesto general es necesario residir legalmente 10 años en España, de manera continuada. Y esta residencia debe ser inmediatamente anterior a la solicitud.
En el caso de haber obtenido la condición de refugiado en España, bastará con haber residido 5 años en España.
Los nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal o sefardíes, podrán solicitar la nacionalidad española una vez cumplidos dos años de residencia legal en España.
Bastará el tiempo de residencia de un año para:

  • El que haya nacido en territorio español.
  • El que no haya ejercitado oportunamente la facultad de optar.
  • El que haya estado sujeto legalmente a la tutela, guarda o acogimiento de un ciudadano o institución españoles durante dos años consecutivos, incluso si continuare en esta situación en el momento de la solicitud.
  • El que al tiempo de la solicitud llevare un año casado con español o española y no estuviere separado legalmente o de hecho.
  • El viudo o viuda de española o español, si a la muerte del cónyuge no existiera separación legal o de hecho.
  • El nacido fuera de España de padre o madre, abuelo o abuela, que originariamente hubieran sido españoles.

A parte de cumplir con los plazos preestablecidos, será necesario carecer de antecedentes penales, y hacer los exámenes de nacionalidad española.

Si buscas un abogado de nacionalidad española en Sevilla somos tu mejor opción.

Son varias las vías previstas en la legislación vigente a través de cuales se puede adquirir la nacionalidad española.
• Nacionalidad por residencia
La nacionalidad española se puede adquirir por residencia legal y continuada en España, cumpliendo los plazos establecidos por la ley.
• Carta de naturaleza
Sera otorgada o no, la nacionalidad española discrecionalmente por el Gobierno mediante Real Decreto, tras valorar la concurrencia de circunstancias excepcionales. En los últimos años, de esta manera pudieron adquirir la residencia española los sefardíes a través de la Ley 12/2015 hasta octubre de 2019.
• Posesión de estado
Tendrán derecho a la nacionalidad española aquellas personas que hayan poseído y utilizado esta nacionalidad durante diez años, de forma continuada y de buena fe (por no tener conocimientos de que realmente no posen la nacionalidad española)
Opción
Tendrán derecho a adquirir la nacionalidad española por esta vía:

  • Aquellas personas que estén o hayan estado sujetos a la patria potestad de un español.
  • Aquellas personas cuyo padre o madre hubiera sido español y hubiera nacido en España.
  • Aquellas personas cuya determinación de la filiación (la determinación de la filiación significa establecer quiénes son los padres de una persona) o nacimiento en España se produzca después de los dieciocho años de edad. En este supuesto, el plazo para optar a la nacionalidad es de dos años desde que se determina la filiación o el nacimiento.
  • Aquellas personas cuya adopción por españoles se produzca después de los dieciocho años de edad. En este caso el derecho a optar existe hasta que transcurra el plazo de dos años a partir de la constitución de la adopción.

• Nacionalidad por valor de simple presunción
La ley establece que son españoles de origen los nacidos en España de padres extranjeros, si ambos carecen de nacionalidad (apátridas), o si la legislación de ninguno de ellos atribuye el hijo una nacionalidad.

La autoridad competente para resolver sobre las solicitudes de residencia es el Ministerio de Justicia. La solicitud se debe interponer de forma telemática en la sede electrónica del Ministerio de Justicia en modelo oficial o normalizado.

El plazo máximo establecido por la ley para que la solicitud sea dictada y notificada al interesado es de un año desde la presentación.
Sin embargo, a pesar de que el plazo establecido sea un año, en la práctica se ha visto un gran retraso en las resoluciones, pudiendo tardar un expediente de nacionalidad en resolver incluso 4 o 5 años.
En el último año, esta situación va cambiando. El Ministerio de Justica implementó durante 2019 un plan de choque con el fin de resolver el mayor número posible de expedientes. Aunque este plan no logró arreglar del todo la situación de los expedientes acumulados en los previos años, son muchos los expedientes que sí se han visto beneficiados, ya que en este periodo hubo tramitaciones y resoluciones en tiempo récord.

Un español puede perder su nacionalidad cuando:

  • Este emancipado, reside en el extranjero y adquiere voluntariamente otra nacionalidad. Esta pérdida se puede evitar si en el plazo de tres años declara la voluntad de conservar la nacionalidad española.
  • Este emancipado, reside en el extranjero y durante tres años utilice exclusivamente la nacionalidad que tuvo antes de la emancipación. Esta pérdida se puede evitar si en el plazo de tres años declara la voluntad de conservar la nacionalidad española.
  • Este emancipado, tiene otra nacionalidad, reside en el extranjero y renuncia voluntariamente a la nacionalidad española.
  • El español que haya nacido en el extranjero y es español por haber nacido de padre o de madre española, también nacido en el extenderlo, perderá la nacionalidad si en el plazo de tres años desde la emancipación y mayoría de edad no declara su voluntad de conservar la nacionalidad española.

Los españoles que no lo sean de origen, perderán la nacionalidad si:

  • Después de obtener la nacionalidad española utilizan durante tres años la nacionalidad que renunciaron al adquirir la española
  • Cuando entren voluntariamente en el servicio de armas o ejercen un cargo político en un estado extranjero contra la expresa prohibición del gobierno
  • Cuando una sentencia declare que el interesado incurrió en falsedad, ocultación o fraude en la adquisición de la nacionalidad española

Las razones mas comunes por las cuales deniegan la nacionalidad son la existencia de antecedentes penales o policiales o porque no haya quedado suficientemente acreditada la permanencia continuada en el territorio español.
Sin embargo, las solicitudes presentadas según el antiguo procedimiento pueden denegarse por falta de integración, el hecho que era realmente difícil probar, sin exámenes de nacionalidad.

Si quieres permanecer en España más de noventa días, necesitas obtener una autorización de residencia que te otorgará derecho a residir en España legalmente. La legislación española de extranjería prevé varios tipos de residencia y dependiendo de tus necesidades puedes optar por uno u otro permiso.
Entre todos los posibles tipos de residencia aquí listaremos los más comunes:

  • Residencia no lucrativa: se concede a aquellos extranjeros que tienen medios económicos suficientes para vivir. Este tipo de residencia no autoriza a trabajar.
  • Residencia para trabajar: este tipo de residencia permite trabajar y puede ser por cuenta ajena o por cuenta propia.
  • Residencia por reagrupación familiar: se concede a aquellas personas que vienen a España para vivir conjuntamente con sus familiares. Para este tipo de residencia es imprescindible que el familiar que va a agrupar resida en España de manera legal.
  • Residencia por arraigo: se concede a aquellos extranjeros que se encuentran en el territorio español de manera irregular, pero cumplen con los requisitos establecidos por la ley para regularizar su situación.

La normativa de extranjería en vigor establece el procedimiento y requisitos necesarios para la obtención de una autorización de residencia en España.
Los requisitos para solicitar una autorización de residencia son diferentes según el tipo de autorización a que se pretende acceder y dependerán de las circunstancias concretas del extranjero.

Si un español quiere contraer matrimonio con un extranjero en España, es necesario cumplir primero con una serie de requisitos. Para comprobar que se trata de un matrimonio plenamente valido, sin intereses ocultos que podrían llevar a un matrimonio de conveniencia, se llevará a cabo un expediente matrimonial en el Registro Civil del lugar de residencia. Durante esta fase se comprobará si se cumplen los requisitos establecidos por la ley y los contrayentes pasarán por una Audiencia Reservada. Una vez realizada la audiencia, el Registro Civil estimará favorable o desfavorable la celebración del matrimonio.

El extranjero extracomunitario que acompaña o se reúne en España con su familiar comunitario, debe solicitar una tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la UE si pretende permanecer en España por un periodo de más de 90 días.
El extranjero tendrá que demostrar que su familiar comunitario dispone de recursos económicos suficientes para cubrir las necesidades de su familia y proporcionarles un seguro médico público o privado con cobertura correspondiente.

Para que un ciudadano extracomunitario cuyos estudios en España durarán más de 90 días obtenga un visado de estudiante, debe cumplir con los siguientes requisitos:

  • Ser admitido en un centro de enseñanza autorizado en España para la realización de un programa a tiempo completo, que conduzca a la obtención de un título o certificado de estudios.
  • Tener medios económicos suficientes para cubrir sus necesidades durante su estancia en España.
  • Estar cubierto durante su estancia con el seguro médico público o privado por una aseguradora autorizada para operar en España.
    Si su estancia durará más de 6 meses, deberá presentar:
     Certificado de salud que indique que no padece ninguna enfermedad según el Reglamento Sanitario Internacional de 2005
     Antecedentes penales

Cualquier persona que reside en España legalmente o de manera irregular tiene la obligación de empadronarse en el municipio donde viven. Una vez empadronado, el extranjero podrá acreditar que vive en ese municipio y solo entonces podrá llevar a cabo algunos trámites, tan importantes como los siguientes:

  • Solicitar permisos de residencia;
  • Acceder a prestaciones sociales;
  • Solicitar tarjeta de asistencia sanitaria;
  • Canjear el permiso de conducir;
  • Escolarizar a los hijos

Para empadronarse es necesario acudir a la oficina del ayuntamiento que te corresponda, aportando la siguiente documentación:

  • Formulario de alta individual o colectivo
  • Pasaporte original y fotocopia
  • Contrato de alquiler firmado o autorización firmada del dueño de la vivienda
  • En caso de tener hijos: pasaportes y libro de familia

La normativa de extranjería en vigor establece el procedimiento y requisitos necesarios para la obtención de una autorización de residencia y trabajo en España para la realización de actividades lucrativas tanto por cuenta ajena como por cuenta propia.
Un extranjero que pretende obtener una autorización de residencia y trabajo (tanto por cuenta propia como por cuenta ajena) debe iniciar el procedimiento desde su país de origen. Excepcionalmente, como en caso de las autorizaciones previstas en la ley 14/2013 de apoyo a los emprendedores, hay tramites que se pueden iniciar desde España.

Un ciudadano extracomunitario que vive legalmente en España más de un año puede reagrupar sus familiares si cumple con los siguientes requisitos:

  • Haber estado residiendo en España durante un año como mínimo y haber obtenido la autorización para residir por lo menos otro año más. En caso de la reagrupación de los ascendientes el reagrupante deberá ser titular de una autorización de larga duración o larga duración-UE.
  • Tener asistencia sanitaria por estar cubierta por la Seguridad Social o contar con un seguro privado de enfermedad
  • No padecer ninguna de las enfermedades que pueden tener repercusiones de salud pública graves de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Sanitario Internacional de 2005
  • Tener medios económicos suficientes para atender las necesidades de la familia
  • Disponer de vivienda adecuada.

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Tanto si te encuentras en Sevilla capital como en la la provincia de Sevilla puedes solicitar el servicio de Abogado de Extranjería en:

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